tag:blogger.com,1999:blog-5350558498809405907.post7459391239665673864..comments2023-08-10T01:57:28.697-07:00Comments on Apuntes discontinuos: ¿Una corte “cristinista”?Apuntes discontinuoshttp://www.blogger.com/profile/02892419299091732969noreply@blogger.comBlogger9125tag:blogger.com,1999:blog-5350558498809405907.post-35619371159443348972013-06-21T11:19:16.316-07:002013-06-21T11:19:16.316-07:00Lamento decir que la ley que citaste en tu anterio...Lamento decir que la ley que citaste en tu anterior exabrupto verbal es la que reglamenta el artículo 114 y que buscaba reemplazar la ley ya desechada arbitrariamente por la corte. Evidentemente, no sé que hace un ciudadano tan distinguido discutiendo con alguien tan insignificante como yo. Te invito a no escribir más en este espacio, para no manchar tu nobleza con la impureza de mi origen barrial y popular. Siento haber invadido tu inmaculado palacio de cristal con mis bastardas ideas. Que te garúe finito y disfrutá de algún país en donde el clasismo sea gobierno. Y si querés, te consigo un túnel del tiempo así te trasladás a una cleptocracia en serio, como la de los noventa, que se ve que añorás demasiado.Apuntes discontinuoshttps://www.blogger.com/profile/02892419299091732969noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5350558498809405907.post-49607815224706417592013-06-21T09:49:02.151-07:002013-06-21T09:49:02.151-07:00Este blog ha sido eliminado por un administrador de blog.DARÍO YANCÁNhttps://www.blogger.com/profile/03672142180607720272noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5350558498809405907.post-71811295662141957172013-06-21T08:23:09.008-07:002013-06-21T08:23:09.008-07:00En realidad, lo importante es el artículo 114 y no...En realidad, lo importante es el artículo 114 y no las leyes o decretos que ordenan el CM. Te enredaste en tu inconsistencia. Además, el prejuicio de calificar a los representantes elegidos por el voto popular como demagogia desautoriza todo comentario, por antidemocrático. Considerás la República como Aristocracia. Te falta defender el voto calificado. Apuntes discontinuoshttps://www.blogger.com/profile/02892419299091732969noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5350558498809405907.post-78878148849917285502013-06-21T06:04:16.339-07:002013-06-21T06:04:16.339-07:00Este blog ha sido eliminado por un administrador de blog.DARÍO YANCÁNhttps://www.blogger.com/profile/03672142180607720272noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5350558498809405907.post-79509133995158243162013-06-21T06:03:02.829-07:002013-06-21T06:03:02.829-07:00Este blog ha sido eliminado por un administrador de blog.DARÍO YANCÁNhttps://www.blogger.com/profile/03672142180607720272noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5350558498809405907.post-91446549982243731852013-06-20T16:03:58.939-07:002013-06-20T16:03:58.939-07:00Arbitrariedades que se dan en las "acordadas&...Arbitrariedades que se dan en las "acordadas", como no pagar impuestos, permanecer en el cargo más allá de lo permitido por la Constitución que tanto dicen respetar y proteger, defender a los grupos económicos con cautelares eternas. ¿Eso es defender la República y la constitucionalidad? Frenar leyes votadas por el Congreso, como la Ley de Medios. Estás muy equivocado y me parece que no podés orientar a nadie.Apuntes discontinuoshttps://www.blogger.com/profile/02892419299091732969noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5350558498809405907.post-22519062371010247202013-06-20T15:59:53.588-07:002013-06-20T15:59:53.588-07:00Si leés el artícula 114 de la Constitución, te dar...Si leés el artícula 114 de la Constitución, te darás cuenta de que la ley que faculta la elección popular de los miembros del Consejo de la Magistratura no contradice en nada las disposiciones. La Corte está actuando en defensa de los poderes corporativos y no de la República. ¿Quién controla las arbitrariedades de la Corte? Las arbitrariedades que protegen a sus propios miembros, que no las controla nadie. Apuntes discontinuoshttps://www.blogger.com/profile/02892419299091732969noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5350558498809405907.post-9923067594134947462013-06-20T15:40:28.385-07:002013-06-20T15:40:28.385-07:00Hola Rosa, como te va? vamos a ver si te puedo ori...Hola Rosa, como te va? vamos a ver si te puedo orientar... La lógica de la República es la división de poderes, donde una de las facultades de cada poder es controlar a los otros dos. Una República se rige por una Constitución, que está por encima de todo, de toda la pirámide jurídica y a la par del bloque de constitucionalidad. Lo que se debe preservar, es la constitución de arbitrariedades y violaciones, provenientes de los distintos poderes y de la llamada "VOLUNTAD POPULAR". Para dicha custodia, la Constitución faculta al poder judicial del arbitrio del llamado "CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD". Te guste o no, la SCJN está actuando en defensa del la Constitución y de la Republica. ahora si vos no queres vivir en un país Republicano, como no lo quiere hacer el FPV, está el modelo Venezolano, el Cubano y el Ex Sovietico. Pero creo que no se trata de Democracia, es otro sistema... Suerte y si queres la seguimos. Abrazo DarioDARÍO YANCÁNhttps://www.blogger.com/profile/03672142180607720272noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5350558498809405907.post-29429760002584104582013-06-19T19:22:23.936-07:002013-06-19T19:22:23.936-07:00El artículo de la constitución está citado en &quo...El artículo de la constitución está citado en "Los nostálgicos y sus peores tretas". Allí analizo parte del fallo de Servini de Cubría. Un tropezón no es caída.Apuntes discontinuoshttps://www.blogger.com/profile/02892419299091732969noreply@blogger.com