miércoles, 19 de junio de 2013

¿Una corte “cristinista”?



El desafío de llegar hasta el hueso
“Alea iacta est”, diría el Julio César inmortalizado en Astérix. La suerte está echada. Los dados están rodando, no va más, good show, todos a bordo. Un poco más barrial: te espero en la esquina. El fallo de la Corte Suprema de Justicia respecto a la constitucionalidad de la elección democrática de los miembros del Consejo de la Magistratura, más que un duro golpe a la gobernabilidad, es una invitación a profundizar las transformaciones. Más provocación que convite. Una finta corporativa que merece una respuesta equilibrada -término muy utilizado en estos días- pero contundente. Algunos sostienen que este previsible revés mitiga al Ejecutivo y envalentona a la oposición. Otros, pensarán que el fallo de los Supremos confirma el accionar poco constitucional de Cristina y sus secuaces. Por el contrario, este nuevo intento de deslegitimar al Poder Político refrendado en las urnas ubica todas las piezas en el virtual tablero de la realidad. A partir de ahora, las veredas están bien diferenciadas y también sus ocupantes. La del lado luminoso, poblada por un colectivo alegre, ferviente, colorido, marchoso, optimista. La del otro lado está oscura, despoblada, deslucida, destruida. En esa vereda tenebrosa habitan los que se resisten, atrincherados para proteger privilegios mezquinos y decadentes. Otros, que creen ostentar un ingenioso pensamiento crítico, observan ambos bandos, pero sólo apuntan a uno. Esos se sitúan en el medio porque argumentan que es el lugar más apropiado para realizar una lectura equitativa de las cosas, sin sospechar, siquiera, que el tránsito está muy denso para andar distraído por la calzada.
Las explicaciones que elaboraron los Ministros de la Corte sobre el poco sorpresivo dictamen parecen más excusa; o peor, capricho. Un ‘no’ porque no. Un “hasta acá llegaron” taxativo y contundente. Inconfundible marca de un límite fundado sólo en la ostentación de poder. Un poder corporativo que pide a gritos una reforma lindante con la revolución. Una administración de justicia apolillada, patricia, elitista que se resiste a todo intento democratizador. Un sistema judicial más orientado a satisfacer intereses que a garantizar derechos. Para muchos jueces, la Constitución es una masa amorfa que se amolda a las necesidades de las minorías en detrimento de las mayorías.   
A pesar de que la Carta Magna deja a merced del Congreso el número y la manera en que se constituye el Consejo de la Magistratura, la Corte invalida por completo una ley aprobada hace poco más de un mes. De esta manera, el Máximo Tribunal se erige por encima de los demás poderes y asume atribuciones que no le competen. Ya se ha citado en un apunte anterior el famoso artículo 114, que trata sobre el CM y su composición. Raúl Eugenio Zaffaroni, en su resolución particular y en disidencia con sus pares, afirma que “el texto constitucional delegó la tarea de finalizar la estructuración del Consejo de la Magistratura en una ley especial sancionada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara. En esta línea, tampoco se definió su integración, pues el texto incorporado se limita a indicar los estamentos que deben estar representados, sin señalar número ni proporciones, dado que sólo impone que se procure el equilibrio”.
Equilibrio que, para sus colegas cortesanos no hace referencia a una composición numérica igualitaria sino a un contrapeso, contrarresto, armonía, para que ningún sector “pueda ejercer una acción hegemónica sobre el otro”. Sin embargo, el organismo encargado de seleccionar jueces está paralizado desde hace años porque un sector presiona sobre el otro. Y los presionados son los representantes del oficialismo. El fallo de la Corte confirma lo que muchos sospechan desde hace tiempo: la corporación judicial se convierte casi siempre en un obstáculo para el acceso a cualquier forma de Justicia.
De acuerdo a la interpretación de los leguleyos, los integrantes del CM no pueden ser sometidos a votación popular porque la Constitución determina “en qué casos es admitido el sufragio universal”. Pero el artículo 114 no establece ninguna forma de elección, vale reiterar, sino que ese asunto depende de lo que establezca una ley del Congreso. Para Zaffaroni, en cambio, “a lo largo de dos décadas el texto y la institución fueron navegando con múltiples accidentes, chocando con escollos y arrecifes y casi naufragando, hasta el punto de la parálisis que obliga a una reestructuración urgente, pues de lo contrario se acrecentarán las dificultades institucionales que el marasmo en que ha caído la institución ya viene produciendo”.
Pero el fallo de la Corte, además, contiene un toque cínico, casi hipócrita. Para los Supremos, la elección popular de los miembros del Consejo “compromete la independencia judicial al obligar a los jueces a intervenir en la lucha partidaria”. Y, como una burla, el documento afirma que al “identificarse con un partido político mientras cumple la función de administrar justicia, desaparece la idea de neutralidad del juez frente a los poderes políticos y fácticos”. En primer lugar, los integrantes del Consejo de la Magistratura eligen jueces de acuerdo a sus antecedentes laborales y académicos, pero no pueden administrar justicia. Decir lo contrario es manipulación y, en todo caso, mentira. Y segundo, como si con las cautelares, las dilaciones y absoluciones arbitrarias no estuvieran gritando a los cuatro vientos de qué lado están.
El pueblo puede parecer, pero no lo es. El verso de la independencia y la neutralidad no lo creen ni los que lo recitan. La inconstitucionalidad es una espada caprichosa que esgrimen cuando les conviene, como un fantasma que amenaza cualquier decisión gubernamental. Una jueza neuquina, Carolina Pandolfi, autorizó la compra de 125 mil dólares a un particular para saldar una deuda de una operación inmobiliaria. Y de paso, declaró inconstitucional la norma que impide la adquisición de moneda extranjera para atesoramiento. Pregunta: ¿en qué artículo de la Constitución se establece como derecho la compra de dólares? Según la AFIP, ya se han iniciado “129 acciones judiciales relativas a las operaciones cambiarias, sin que exista ningún pronunciamiento firme avalando las pretensiones” de los dolaradictos. Con la complicidad de jueces que defienden intereses individualistas, por encima de todo fin colectivo.
Un ejemplo más de un compendio que ocuparía innumerables páginas. Una muestra más de que muchos jueces poco tienen de independientes y neutrales. Por el contrario, lucen una camiseta que exhibe clase, origen, intereses y afinidad. Cualquier cosa dice esa camiseta, menos que son jugadores de una justicia legítima y democrática que protege a las mayorías de las angurrias de una minoría insaciable. Eso, para ellos, es inconstitucional. Entonces, esta Corte que está muy lejos de ser “cristinista”, parece invitarnos a elaborar otra Constitución. Por lo visto y por ver, no hay otra opción. El desafío será desbordar las urnas para que una nueva Carta Magna ilumine nuestro paso hacia un país más justo. Esa es la síntesis del nuevo capítulo de esta apasionante historia.

9 comentarios:

  1. El artículo de la constitución está citado en "Los nostálgicos y sus peores tretas". Allí analizo parte del fallo de Servini de Cubría. Un tropezón no es caída.

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  2. Hola Rosa, como te va? vamos a ver si te puedo orientar... La lógica de la República es la división de poderes, donde una de las facultades de cada poder es controlar a los otros dos. Una República se rige por una Constitución, que está por encima de todo, de toda la pirámide jurídica y a la par del bloque de constitucionalidad. Lo que se debe preservar, es la constitución de arbitrariedades y violaciones, provenientes de los distintos poderes y de la llamada "VOLUNTAD POPULAR". Para dicha custodia, la Constitución faculta al poder judicial del arbitrio del llamado "CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD". Te guste o no, la SCJN está actuando en defensa del la Constitución y de la Republica. ahora si vos no queres vivir en un país Republicano, como no lo quiere hacer el FPV, está el modelo Venezolano, el Cubano y el Ex Sovietico. Pero creo que no se trata de Democracia, es otro sistema... Suerte y si queres la seguimos. Abrazo Dario

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    1. Si leés el artícula 114 de la Constitución, te darás cuenta de que la ley que faculta la elección popular de los miembros del Consejo de la Magistratura no contradice en nada las disposiciones. La Corte está actuando en defensa de los poderes corporativos y no de la República. ¿Quién controla las arbitrariedades de la Corte? Las arbitrariedades que protegen a sus propios miembros, que no las controla nadie.

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    2. Arbitrariedades que se dan en las "acordadas", como no pagar impuestos, permanecer en el cargo más allá de lo permitido por la Constitución que tanto dicen respetar y proteger, defender a los grupos económicos con cautelares eternas. ¿Eso es defender la República y la constitucionalidad? Frenar leyes votadas por el Congreso, como la Ley de Medios. Estás muy equivocado y me parece que no podés orientar a nadie.

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  3. En realidad, lo importante es el artículo 114 y no las leyes o decretos que ordenan el CM. Te enredaste en tu inconsistencia. Además, el prejuicio de calificar a los representantes elegidos por el voto popular como demagogia desautoriza todo comentario, por antidemocrático. Considerás la República como Aristocracia. Te falta defender el voto calificado.

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  5. Lamento decir que la ley que citaste en tu anterior exabrupto verbal es la que reglamenta el artículo 114 y que buscaba reemplazar la ley ya desechada arbitrariamente por la corte. Evidentemente, no sé que hace un ciudadano tan distinguido discutiendo con alguien tan insignificante como yo. Te invito a no escribir más en este espacio, para no manchar tu nobleza con la impureza de mi origen barrial y popular. Siento haber invadido tu inmaculado palacio de cristal con mis bastardas ideas. Que te garúe finito y disfrutá de algún país en donde el clasismo sea gobierno. Y si querés, te consigo un túnel del tiempo así te trasladás a una cleptocracia en serio, como la de los noventa, que se ve que añorás demasiado.

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