El
desafío de llegar hasta el hueso
“Alea
iacta est”, diría el Julio César inmortalizado en Astérix.
La suerte está echada. Los dados están
rodando, no va más, good show, todos a bordo. Un poco más barrial: te espero en la esquina. El fallo de la
Corte Suprema de Justicia respecto a la constitucionalidad de la elección
democrática de los miembros del Consejo de la Magistratura, más que un duro golpe a la gobernabilidad,
es una invitación a profundizar las transformaciones. Más provocación que convite. Una finta corporativa que merece una
respuesta equilibrada -término muy
utilizado en estos días- pero contundente. Algunos sostienen que este
previsible revés mitiga al Ejecutivo y envalentona a la oposición. Otros,
pensarán que el fallo de los Supremos confirma el accionar poco constitucional
de Cristina y sus secuaces. Por el
contrario, este nuevo intento de
deslegitimar al Poder Político refrendado en las urnas ubica todas las piezas
en el virtual tablero de la realidad. A partir de ahora, las veredas están
bien diferenciadas y también sus ocupantes. La del lado luminoso, poblada por
un colectivo alegre, ferviente, colorido, marchoso, optimista. La del otro lado
está oscura, despoblada, deslucida, destruida. En esa vereda tenebrosa habitan los que se resisten, atrincherados para
proteger privilegios mezquinos y decadentes. Otros, que creen ostentar un ingenioso
pensamiento crítico, observan ambos bandos, pero sólo apuntan a uno. Esos se sitúan en el medio porque argumentan
que es el lugar más apropiado para realizar
una lectura equitativa de las cosas, sin sospechar, siquiera, que el
tránsito está muy denso para andar distraído por la calzada.
Las explicaciones que
elaboraron los Ministros de la Corte sobre el poco sorpresivo dictamen parecen
más excusa; o peor, capricho. Un ‘no’
porque no. Un “hasta acá llegaron” taxativo
y contundente. Inconfundible marca de un límite fundado sólo en la ostentación
de poder. Un poder corporativo que pide
a gritos una reforma lindante con la revolución. Una administración de
justicia apolillada, patricia, elitista que se resiste a todo intento
democratizador. Un sistema judicial más
orientado a satisfacer intereses que a garantizar derechos. Para muchos
jueces, la Constitución es una masa amorfa que se amolda a las necesidades de
las minorías en detrimento de las mayorías.
A pesar de que la Carta Magna
deja a merced del Congreso el número y la manera en que se constituye el
Consejo de la Magistratura, la Corte invalida por completo una ley aprobada
hace poco más de un mes. De esta manera, el
Máximo Tribunal se erige por encima de los demás poderes y asume atribuciones
que no le competen. Ya se ha citado en un apunte anterior el famoso
artículo 114, que trata sobre el CM y su composición. Raúl Eugenio Zaffaroni,
en su resolución particular y en disidencia con sus pares, afirma que “el texto constitucional delegó la tarea de finalizar la estructuración del Consejo de
la Magistratura en una ley especial sancionada por la mayoría absoluta de la
totalidad de los miembros de cada Cámara. En esta línea, tampoco se definió
su integración, pues el texto incorporado se limita a indicar los estamentos
que deben estar representados, sin señalar número ni proporciones, dado que
sólo impone que se procure el equilibrio”.
Equilibrio que, para sus
colegas cortesanos no hace referencia a una composición numérica igualitaria sino a un contrapeso, contrarresto, armonía, para que ningún sector “pueda ejercer una acción hegemónica sobre
el otro”. Sin embargo, el
organismo encargado de seleccionar jueces está paralizado desde hace años
porque un sector presiona sobre el otro. Y
los presionados son los representantes del oficialismo. El fallo de la
Corte confirma lo que muchos sospechan desde hace tiempo: la corporación
judicial se convierte casi siempre en un
obstáculo para el acceso a cualquier forma de Justicia.
De acuerdo a la interpretación
de los leguleyos, los integrantes del CM no pueden ser sometidos a votación
popular porque la Constitución determina
“en qué casos es admitido el sufragio
universal”. Pero el artículo
114 no establece ninguna forma de elección, vale reiterar, sino que ese asunto depende de lo que establezca una ley del Congreso.
Para Zaffaroni, en cambio, “a lo largo de
dos décadas el texto y la institución fueron navegando con múltiples
accidentes, chocando con escollos y arrecifes y casi naufragando, hasta el punto de la parálisis que obliga
a una reestructuración urgente, pues de lo contrario se acrecentarán las
dificultades institucionales que el marasmo en que ha caído la institución ya
viene produciendo”.
Pero el fallo de la Corte,
además, contiene un toque cínico, casi
hipócrita. Para los Supremos, la elección popular de los miembros del
Consejo “compromete la independencia judicial al obligar a los jueces a intervenir en la lucha partidaria”. Y,
como una burla, el documento afirma que al “identificarse
con un partido político mientras cumple la función de administrar justicia, desaparece la idea de neutralidad del juez
frente a los poderes políticos y fácticos”. En primer
lugar, los integrantes del Consejo de la Magistratura eligen jueces de acuerdo
a sus antecedentes laborales y académicos, pero no pueden administrar justicia.
Decir lo contrario es manipulación y, en todo caso, mentira. Y segundo, como si con las cautelares, las dilaciones
y absoluciones arbitrarias no estuvieran gritando a los cuatro vientos de qué
lado están.
El pueblo puede parecer, pero
no lo es. El verso de la independencia
y la neutralidad no lo creen ni los
que lo recitan. La inconstitucionalidad
es una espada caprichosa que esgrimen cuando les conviene, como un fantasma que
amenaza cualquier decisión gubernamental. Una jueza neuquina, Carolina
Pandolfi, autorizó la compra de 125 mil dólares a un particular para saldar una
deuda de una operación inmobiliaria. Y de paso, declaró inconstitucional la
norma que impide la adquisición de moneda extranjera para atesoramiento. Pregunta: ¿en qué artículo de la
Constitución se establece como derecho la compra de dólares? Según la AFIP,
ya se han iniciado “129 acciones
judiciales relativas a las operaciones cambiarias, sin que exista ningún
pronunciamiento firme avalando las pretensiones” de los dolaradictos. Con la complicidad de jueces que defienden intereses individualistas,
por encima de todo fin colectivo.
Un ejemplo más de un compendio
que ocuparía innumerables páginas. Una muestra
más de que muchos jueces poco tienen de independientes y neutrales. Por el
contrario, lucen una camiseta que exhibe clase, origen, intereses y afinidad. Cualquier cosa dice esa camiseta, menos que
son jugadores de una justicia legítima y democrática que protege a las mayorías
de las angurrias de una minoría insaciable. Eso, para ellos, es
inconstitucional. Entonces, esta Corte que está muy lejos de ser “cristinista”,
parece invitarnos a elaborar otra Constitución. Por lo visto y por ver, no hay
otra opción. El desafío será desbordar las urnas para que una nueva Carta Magna
ilumine nuestro paso hacia un país más justo. Esa es la síntesis del nuevo capítulo de esta apasionante historia.
El artículo de la constitución está citado en "Los nostálgicos y sus peores tretas". Allí analizo parte del fallo de Servini de Cubría. Un tropezón no es caída.
ResponderBorrarHola Rosa, como te va? vamos a ver si te puedo orientar... La lógica de la República es la división de poderes, donde una de las facultades de cada poder es controlar a los otros dos. Una República se rige por una Constitución, que está por encima de todo, de toda la pirámide jurídica y a la par del bloque de constitucionalidad. Lo que se debe preservar, es la constitución de arbitrariedades y violaciones, provenientes de los distintos poderes y de la llamada "VOLUNTAD POPULAR". Para dicha custodia, la Constitución faculta al poder judicial del arbitrio del llamado "CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD". Te guste o no, la SCJN está actuando en defensa del la Constitución y de la Republica. ahora si vos no queres vivir en un país Republicano, como no lo quiere hacer el FPV, está el modelo Venezolano, el Cubano y el Ex Sovietico. Pero creo que no se trata de Democracia, es otro sistema... Suerte y si queres la seguimos. Abrazo Dario
ResponderBorrarSi leés el artícula 114 de la Constitución, te darás cuenta de que la ley que faculta la elección popular de los miembros del Consejo de la Magistratura no contradice en nada las disposiciones. La Corte está actuando en defensa de los poderes corporativos y no de la República. ¿Quién controla las arbitrariedades de la Corte? Las arbitrariedades que protegen a sus propios miembros, que no las controla nadie.
BorrarArbitrariedades que se dan en las "acordadas", como no pagar impuestos, permanecer en el cargo más allá de lo permitido por la Constitución que tanto dicen respetar y proteger, defender a los grupos económicos con cautelares eternas. ¿Eso es defender la República y la constitucionalidad? Frenar leyes votadas por el Congreso, como la Ley de Medios. Estás muy equivocado y me parece que no podés orientar a nadie.
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BorrarEn realidad, lo importante es el artículo 114 y no las leyes o decretos que ordenan el CM. Te enredaste en tu inconsistencia. Además, el prejuicio de calificar a los representantes elegidos por el voto popular como demagogia desautoriza todo comentario, por antidemocrático. Considerás la República como Aristocracia. Te falta defender el voto calificado.
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ResponderBorrarLamento decir que la ley que citaste en tu anterior exabrupto verbal es la que reglamenta el artículo 114 y que buscaba reemplazar la ley ya desechada arbitrariamente por la corte. Evidentemente, no sé que hace un ciudadano tan distinguido discutiendo con alguien tan insignificante como yo. Te invito a no escribir más en este espacio, para no manchar tu nobleza con la impureza de mi origen barrial y popular. Siento haber invadido tu inmaculado palacio de cristal con mis bastardas ideas. Que te garúe finito y disfrutá de algún país en donde el clasismo sea gobierno. Y si querés, te consigo un túnel del tiempo así te trasladás a una cleptocracia en serio, como la de los noventa, que se ve que añorás demasiado.
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